Proponen la modificación de la Ordenanza de Régimen Interior del Cementerio Municipal para continuar tramitando cambios de titularidad funeraria

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Proponen la modificación de la Ordenanza de Régimen Interior del Cementerio Municipal para continuar tramitando cambios de titularidad funeraria

El concejal de Servicios a la Ciudad, Víctor Balsas, ha elevado una moción al pleno de enero con la que se pretende aprobar inicialmente la modificación del contenido de la disposición transitoria primera de la Ordenanza Reguladora de Régimen Interior del Cementerio Municipal de Totana "Nuestra Señora del Carmen".

Con esta iniciativa se pretende continuar tramitando los cambios de titularidad funeraria en el cementerio, ampliando en dos años el plazo de cincos años inicialmente previsto con la prórroga que ya se determinó en el año 2015, es decir, hasta el año 2019.

El Pleno del Ayuntamiento de Totana aprobó inicialmente en julio del 2009 la Ordenanza Reguladora del Régimen Interior del Cementerio Municipal de Totana, y después de que no se presentaran reclamaciones o sugerencias resultó definitivamente aprobada en febrero del 2010.

Además, en los artículos 13 y 14 de dicha Ordenanza se contempla que los titulares de derechos funerarios no pueden ser personas fallecidas, añadiendo en su disposición transitoria primera que "todo el que tuviere título de derecho funerario con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ordenanza, tendrá un plazo de cinco años para adecuar dicho título a las disposiciones de la misma".

Según fuentes de la Concejalía de Servicios a la Ciudad, este plazo concluía en marzo del 2015, pero en el pleno de febrero de 2015 se acordó ampliar ese plazo en dos años, es decir, hasta mayo de 2017.

Tras los últimos dos años se han tramitado centenares de cambios de titular, pero todavía resta un número importante de fosas, nichos y panteones pendientes de actualizar ya que desde la construcción del actual cementerio en 1885 no se había realizado campaña alguna en este sentido, ni existía normativa de obligado cumplimiento hasta la mencionada del año 2010 que más arriba se cita.

Por ello, resulta necesario ampliar el plazo acordado en su momento al objeto de facilitar a los familiares de personas fallecidas la realización de los trámites pertinentes.

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